Artículo 17. Reuniones.
Artículo 17 de la Ley 9/2002, de 6 de junio, de Creación del Consejo de Relaciones Laborales de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2002-14085
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-07-24.
Texto consolidado
La Comisión Permanente se reunirá, de modo ordinario, cada dos meses, y extraordinario cuantas veces la convoque el Presidente.
De cada sesión que celebre la Comisión Permanente del Consejo se levantará acta por el Secretario.