Artículo 17.
Artículo 17 de la Ley 7/1981, de 30 de junio, sobre Ley de Gobierno. · BOE-A-2012-5927
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-03-03.
Texto consolidado
1. El Gobierno está integrado por el Lehendakari y los Consejeros por él designados, de entre los cuales podrá nombrar un Vicepresidente Primero y uno o más Vicepresidentes, si así lo considerase oportuno.
2. En el Gobierno ambos sexos estarán representados al menos en un 40%.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres..