Artículo 17. El derecho a la emisión en cadena.
Artículo 17 de la Ley 5/2013, de 1 de octubre, audiovisual de las Illes Balears. · BOE-A-2013-11502
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-10-04.
Texto consolidado
El derecho a la emisión en cadena para las televisiones de ámbito local que hayan obtenido la licencia de la comunidad autónoma de las Illes Balears, estará sujeto a lo que prevé el artículo 22.3 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, general de la comunicación audiovisual.