Artículo 17. Definición.
Artículo 17 de la Ley 4/2023, de 13 de abril, de Participación Ciudadana y Fomento del Asociacionismo de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2023-10640
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-10.
Texto consolidado
Son presupuestos participativos aquellos procesos por los que la ciudadanía interviene en la elaboración del presupuesto de las administraciones públicas valencianas, concretamente a través de la propuesta, ejecución y seguimiento en la gestión de las partidas de gasto público asignadas específicamente para este fin.