Artículo 17. Incidencia en la programación general anual y en los planes de actuación para la mejora.
Artículo 17 de la Ley 4/2018, de 21 de febrero, por la que se regula y promueve el plurilingüismo en el sistema educativo valenciano. · BOE-A-2018-3441
Atención: Ley 4/2018 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. En la programación general anual del centro educativo tendrán que recogerse las innovaciones didácticas y medidas organizativas previstas en el proyecto lingüístico de centro para cada curso escolar.
2. Las mejoras e innovaciones derivadas de la evaluación de la aplicación del proyecto lingüístico de centro tendrán que constar en el plan de actuación para la mejora y ser incluidas en la programación general anual.