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Ley Derogada

Artículo 17. Incidencia en la programación general anual y en los planes de actuación para la mejora.

Artículo 17 de la Ley 4/2018, de 21 de febrero, por la que se regula y promueve el plurilingüismo en el sistema educativo valenciano. · BOE-A-2018-3441

Atención: Ley 4/2018 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. En la programación general anual del centro educativo tendrán que recogerse las innovaciones didácticas y medidas organizativas previstas en el proyecto lingüístico de centro para cada curso escolar.

2. Las mejoras e innovaciones derivadas de la evaluación de la aplicación del proyecto lingüístico de centro tendrán que constar en el plan de actuación para la mejora y ser incluidas en la programación general anual.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-02-23.

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