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Ley Vigente

Artículo 17. Autorización.

Artículo 17 de la Ley 4/2005, de 13 de julio, de ordenación farmacéutica de Canarias. · BOE-A-2005-14261

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-07-23.

Texto consolidado

La apertura de las oficinas de farmacia está sujeta a autorización administrativa, de conformidad con los principios de la planificación farmacéutica y sanitaria en general.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-07-23.

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