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Ley Vigente

Artículo 17.

Artículo 17 de la Ley 4/1983 de 27 de Junio, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales. · BOE-A-1983-20569

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1983-07-21.

Texto consolidado

El Secretario General será designado por el Consejero de Trabajo y Seguridad Social. De él dependerán los servicios técnicos y administrativos necesarios para el funcionamiento del Consejo, y su dotación de personal y medios materiales corresponderá a la Consejería de Trabajo en cuya estructura orgánica quedarán integrados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1983-07-21.

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