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Ley Vigente

Artículo 17. Formalización y registro.

Artículo 17 de la Ley 3/2018, de 24 de mayo, de protección y apoyo garantizado para personas con discapacidad en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2018-9415

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-07-06.

Texto consolidado

1. Una vez elaborado el documento que contenga el plan personal de futuro, este se firmará por la persona con discapacidad y su familia, o por su representante legal en el caso de que tenga su capacidad de obrar modificada judicialmente, así como por el agente de mediación, que deberá entregar una copia a la persona.

2. Este documento podrá ser entregado por la persona con discapacidad, su representante legal, su familia o por el agente de mediación en el registro de planes personales de futuro de Castilla-La Mancha previsto en esta ley para su inscripción en el mismo, a efectos de su conocimiento por los profesionales que participen en la atención de la persona con discapacidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-07-06.

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