Artículo 16. Eficacia del plan personal de futuro.
Artículo 16 de la Ley 3/2018, de 24 de mayo, de protección y apoyo garantizado para personas con discapacidad en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2018-9415
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-07-06.
Texto consolidado
El plan personal de futuro es una declaración de voluntad de la persona con discapacidad y su familia que deberá ser tenida en cuenta por los profesionales que vayan a participar en la atención a las personas con discapacidad cuando falten sus apoyos familiares.