Artículo 17. Destinatarios.
Artículo 17 de la Ley 3/2009, de 10 de marzo, de regularización y mejora de urbanizaciones con déficits urbanísticos. · BOE-A-2009-5850
Atención: Ley 3/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Son beneficiarios del Fondo los ayuntamientos de los municipios en cuyo término se hallan las urbanizaciones objeto de la presente ley.
2. Los ayuntamientos pueden presentar solicitudes para una o diversas urbanizaciones radicadas en sus municipios.