Artículo 17. Facultad de investigación.
Artículo 17 de la Ley 3/2006, de 18 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Cantabria. · BOE-A-2006-14082
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-04-28.
Texto consolidado
La Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria tiene la facultad de investigar la situación de los bienes y derechos que presumiblemente formen parte de su Patrimonio, a fin de determinar la titularidad de los mismos cuando ésta no le conste de modo cierto.