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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 17.

Artículo 17 de la Ley 23/1998, de 30 de diciembre, de Estadística de Cataluña. · BOE-A-1999-2519

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-01-01.

Texto consolidado

1. Las estadísticas de interés de la Generalidad deben tener como fuente prioritaria de información los archivos y los registros administrativos y estadísticos disponibles, a fin de reducir las molestias a los ciudadanos y mejorar la eficiencia del gasto público.

2. Para facilitar el cumplimiento de lo establecido por el apartado 1, el expediente de creación o de modificación de los archivos y de los registros susceptibles de esta utilización debe hacer explícita esta finalidad estadística, junto con las que les sean propias y específicas.

3. El Instituto de Estadística de Cataluña puede acceder, con la máxima eficiencia y eficacia, a los archivos y registros administrativos, incluidos los tributarios, que estén en poder de los departamentos de la Generalidad y los organismos autónomos, las entidades de derecho público y las empresas que dependen de estos, para usarlos con finalidades exclusivamente estadísticas e integrar su información en las estadísticas en la medida necesaria para el desarrollo, la elaboración y la difusión de las estadísticas de interés de la Generalidad.

4. La comunicación de la información relativa a datos personales de personas físicas debe realizarse de forma anonimizada, salvo en los casos en que la finalidad estadística lo requiera, en los que deben aplicarse técnicas que no permitan a terceras partes la identificación de las personas afectadas.

5. El proyecto de utilización de los datos existentes en los archivos y en los registros administrativos con finalidades estadísticas debe tramitarse como un proyecto estadístico.#a2-5.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 5/2016, de 23 de diciembre, del Plan estadístico de Cataluña 2017-2020 y de modificación de la Ley 23/1998, de estadística de Cataluña..

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