Artículo 17. Competencias de los entes públicos de derecho pri vado.
Artículo 17 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-2006-10085
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-05-29.
Texto consolidado
Corresponde a los entes públicos de derecho privado en el ámbito de sus competencias:
a) La elaboración del anteproyecto de su presupuesto anual.
b) La autorización de los gastos y la ordenación de los pagos.
c) Las demás que les atribuyan las leyes.