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Ley Vigente

Artículo 17. Procedimiento para modificar o dejar sin efecto las declaraciones de Bienes de Interés Cultural Inmaterial Compartido y de Bienes de Interés Cultural Inmaterial.

Artículo 17 de la Ley 18/2019, de 8 de abril, de salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial de las Illes Balears. · BOE-A-2019-6703

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-14.

Texto consolidado

Para modificar o dejar sin efecto una declaración de Bien de Interés Cultural Inmaterial Compartido y de Bien de Interés Cultural Inmaterial se deben seguir los mismos trámites y requisitos que son necesarios para hacer una declaración, con el informe previo y vinculante de las instituciones a las que hace referencia el artículo 15.5.j) anterior, y siempre que se acredite que ha habido una alteración sustancial de los criterios que motivaron y justificaron la declaración.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-04-14.

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