Artículo 17. Voluntariado.
Artículo 17 de la Ley 14/2022, de 23 de diciembre, de Juventud de La Rioja. · BOE-A-2023-1606
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-28.
Texto consolidado
La Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja fomentará el voluntariado joven, potenciando las acciones dirigidas por y para la juventud, tanto en la acreditación de las habilidades adquiridas en la acción de voluntariado como en la protección de las personas jóvenes voluntarias. Las buenas prácticas en este ámbito, realizadas por parte de las entidades prestadoras de servicios a la juventud, deberán integrarse, cuando proceda, en el diseño y ejecución de las políticas públicas en las que la juventud riojana pueda expresar, con su colaboración y esfuerzo personal, el valor de la solidaridad, trabajando en una estrategia que lo haga posible a corto plazo.