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Ley Vigente

Artículo 17. Formato de los pliegos de recogida de firmas.

Artículo 17 de la Ley 12/2019, de 12 de marzo, de consultas populares y procesos participativos. · BOE-A-2019-5581

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-08.

Texto consolidado

1. Los pliegos de recogida de firmas reproducirán en la cabecera el texto íntegro de la pregunta a formular. Al lado de la firma de la persona que le da apoyo se indicará, necesariamente, su nombre y apellido o apellidos y el número del DNI o NIE.

2. El cuerpo del documento se estructurará en seis columnas con el contenido siguiente: número de orden de las firmas que tendrá que ser correlativo; nombre; primer apellido; segundo apellido; DNI o NIE; y, por último, la firma.

3. En los pliegos de recogida de firmas se hará constar que los firmantes manifiestan tener derecho a sufragio activo en el ámbito de la consulta.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-04-08.

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