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Ley Vigente

Artículo 17. Apoyo y colaboración con otros agentes.

Artículo 17 de la Ley 10/2018, de 22 de noviembre, del Tercer Sector Social de Extremadura. · BOE-A-2018-17221

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-11-28.

Texto consolidado

1. Las Administraciones públicas extremeñas podrán impulsar la colaboración con otros agentes que lleven a cabo acciones de promoción del Tercer Sector Social de Extremadura, con especial atención a las fundaciones bancarias y otras entidades financieras. En ese contexto, establecerán, entre otras, las iniciativas siguientes:

a) Sinergias en la financiación de las actividades sociales de interés general de las organizaciones, ajenas a la provisión de servicios de responsabilidad pública.

b) Alianzas y colaboraciones entre sí y con otras organizaciones orientadas al fomento del Tercer Sector Social y sus actividades sociales de interés general, mediante acciones de formación, apoyo técnico, patrocinio y mecenazgo, o colaboración en proyectos, entre otras.

2. La Junta de Extremadura elaborará e impulsará iniciativas orientadas a reforzar la práctica y la cultura de participación de la ciudadanía y las empresas en la financiación de dichas actividades sociales de interés general de las organizaciones del Tercer Sector Social de Extremadura, que incluirán, entre otras:

a) Acciones dirigidas a la ciudadanía y a las empresas, de sensibilización, reconocimiento y difusión de buenas prácticas, impulso de prácticas innovadoras, información sobre incentivos fiscales y difusión de proyectos de interés. Sinergias en la financiación de las actividades sociales de interés general de las organizaciones, ajenas a la provisión de servicios de responsabilidad pública, incluyendo aquellos medios necesarios para la prestación de dichas actividades.

b) Acciones dirigidas a las organizaciones, de formación y apoyo técnico en captación de recursos, comunicación, transparencia y rendición de cuentas, evaluación del impacto, relación con las partes interesadas, acceso a programas europeos y fondos internacionales, y otras estrategias coherentes con la implicación de terceros en la financiación de la actividad de las organizaciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-11-28.

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