Artículo 17. Dotación de medios.
Artículo 17 de la Ley 10/2000, de 27 de diciembre, relativa a la Cooperación para el Desarrollo. · BOE-A-2001-2590
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-12-31.
Texto consolidado
La Administración de la Comunidad Autónoma dotará al Consejo de los medios necesarios para garantizar su funcionamiento.