Artículo 17. Sanciones por faltas leves.
Artículo 17 de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos. · BOE-A-1991-8266
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-04-25.
Texto consolidado
Por las infracciones leves se impondrá la sanción de multa de 5.000 a 25.000 pesetas.