Artículo 17. Régimen presupuestario.
Artículo 17 de la Ley 1/2015, de 24 de marzo, reguladora de la Biblioteca Nacional de España. · BOE-A-2015-3178
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-26.
Texto consolidado
La Biblioteca Nacional de España elaborará anualmente un anteproyecto de presupuesto y lo remitirá al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para su posterior tramitación de acuerdo con lo previsto en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Una vez aprobado el presupuesto, este se hará público en el sitio web de la Biblioteca Nacional de España, de acuerdo a los principios de transparencia y buen gobierno.