Artículo 17. Innovación en voluntariado.
Artículo 17 de la Ley 1/2015, de 24 de febrero, del Voluntariado en la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2015-6128
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-23.
Texto consolidado
Las Administraciones públicas de la Comunidad de Madrid promoverán la innovación mediante fórmulas que garanticen la eficacia del voluntariado y para adecuarlo, de manera permanente, a las necesidades del contexto en que se desenvuelva.