Artículo 17. Normativa presupuestaria aplicable a los ingresos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Artículo 17 del Decreto-ley 6/2021, de 2 de septiembre, de medidas urgentes de impulso de la Administración Regional para la gestión de los fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación (Next Generation EU) para la Reactivación Económica y Social de la Región de Murcia. · BORM-s-2021-90333
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-09-04.
Texto consolidado
Los ingresos percibidos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia tendrán la consideración de fondos europeos a efectos de la aplicación de la normativa presupuestaria.
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