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Decreto-ley Vigente

Artículo 17. Transferencias de créditos financiados con fondos europeos.

Artículo 17 del Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de agilización administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. · BOJA-b-2021-90075

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-02-23.

Texto consolidado

Corresponderá a la persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda autorizar las transferencias entre créditos financiados con fondos europeos, con independencia de su cuantía.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-02-23.

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