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Decreto-ley Vigente

Artículo 17. Órganos competentes para la instrucción y resolución.

Artículo 17 del Decreto-ley 1/2014, de 18 de marzo, por el que se regula el programa de Impulso a la Construcción Sostenible en Andalucía y se efectúa la convocatoria de incentivos para 2014 y 2015. · BOJA-b-2014-90268

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-03-27.

Texto consolidado

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 3.2.q) de la Ley 4/2003, de 23 de septiembre, de creación de la Agencia Andaluza de la Energía, y en el artículo 5.1.q) del Decreto 21/2005, de 1 de febrero, por el que se aprueban sus Estatutos, el órgano competente para la instrucción del procedimiento será la unidad directiva competente en materia de financiación y promoción de actuaciones energéticas de la Agencia Andaluza de la Energía, y para la resolución del procedimiento de concesión de incentivos, la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-03-27.

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