Artículo 17.4-2. Sujeto pasivo.
Artículo 17.4-2 del Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. · DOGC-f-2008-90017
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-31.
Texto consolidado
Es sujeto pasivo de la tasa la Federación Catalana de Pesca Deportiva y Casting o la sociedad de pescadores o entidad que organice la competición deportiva.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público..