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Decreto Legislativo Vigente 2 redacciones

Artículo 17.3-6. Afectación.

Artículo 17.3-6 del Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. · DOGC-f-2008-90017

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-03-24.

Texto consolidado

Esta tasa tiene carácter finalista, por lo que, de conformidad con lo establecido por el artículo 1.1.3, los ingresos derivados de la misma quedan afectados a la conservación de este recurso piscícola en las partidas correspondientes del departamento competente en materia de medio natural, y en las partidas correspondientes del Consejo General de Arán los derivados de las licencias de pesca recreativa expedidas por el Consejo General de Arán.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-03-24.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 5/2012, de 20 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas y de creación del Impuesto sobre las Estancias en Establecimientos Turísticos..

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