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Decreto Legislativo Vigente 5 redacciones

Artículo 17.3-5. Cuota.

Artículo 17.3-5 del Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. · DOGC-f-2008-90017

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-31.

Texto consolidado

La cuota de la tasa es:

1. Licencias de pesca recreativa.

Las duraciones de las licencias y los importes de las respectivas cuotas son:

1.1. Pesca recreativa.

a) Pesca recreativa general (con muerte o sin muerte indistintamente):

Duración 1 día: 3 euros.

Duración 2 días: 5 euros.

Duración 15 días: 11 euros.

Duración 1 año: 26 euros.

Duración 2 años: 42 euros.

Duración 3 años: 60 euros.

Duración 4 años: 71 euros.

b) Pesca recreativa exclusivamente sin muerte:

Duración 1 año: 19 euros.

Duración 2 años: 35 euros.

Duración 3 años: 51 euros.

Duración 4 años: 66 euros.

1.2. Pesca recreativa submarina:

Duración, 1 año: 14,75 euros.

1.3. Pesca recreativa colectiva:

Duración, 1 año, hasta 10 personas: 91,65 euros.

Duración, 1 año, más de 10 personas: 183,20 euros.

Duración, 2 años, hasta 10 personas: 183,20 euros.

Duración, 2 años, más de 10 personas: 366,25 euros.

Duración, 3 años, hasta 10 personas: 274,70 euros.

Duración, 3 años, más de 10 personas: 549,30 euros.

Duración, 4 años, hasta 10 personas: 366,25 euros.

Duración, 4 años, más de 10 personas: 732,35 euros.

2. Licencia de pesca profesional:

2.1. Coral, marisqueo: 22,10 euros.

2.2. Angula: 36,75 euros.

2.3. Gusanos de mar, esparavel: 7,40 euros.

3. Expedición y renovación de la tarjeta acreditativa de la licencia: 8,90 euros.#a1-32

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-03-31.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 5 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono..

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