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Ley Foral Derogada 4 redacciones

Artículo 168. Tarifas.

Artículo 168 de la Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos. · BOE-A-2001-9285

Atención: Ley Foral 7/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:

A) Autorizaciones.

1. Autorización administrativa en materia de seguridad industrial y minas: 100 euros.

2. Autorización administrativa en materia de seguridad industrial y declaración en concreto de utilidad pública: 150 euros.

3. Autorización de cambio de titularidad de actividades, instalaciones y derechos mineros: 30 euros.

4. Permisos de exploración, investigación y concesiones mineras: 1.500 euros.

B) Certificación.

Emisión de certificados y acreditaciones por órganos administrativos: 30 euros.

C) Otras.

1. Derechos de examen en materia de seguridad industrial: 15 euros.

2. Expedición y renovación de carnés profesionales: 15 euros.

3. Inicio de expediente de expropiación: 90 euros.

4. Acta de ocupación: 50 euros.

5. Inspección para la puesta en práctica de patentes y modelos de utilidad: 90 euros.

6. Catalogación de vehículos históricos: 30 euros

Se modifica, la letra A.3), con efectos de 1 de enero de 2008, por el art. 6.1.19 de la Ley Foral 2/2008, de 24 de enero. Ref. BOE-A-2008-3585

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-12-31.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2016-573.

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