Artículo 168. Modificación de la Ley 12/1985 (espacios naturales).
Artículo 168 de la Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público. · BOE-A-2014-2999
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-31.
Texto consolidado
Se modifica el apartado 2 del artículo 16 de la Ley 12/1985, de 13 de junio, de espacios naturales, que queda redactado del siguiente modo:
«2. La delimitación definitiva de cada espacio debe hacerse mediante la declaración de alguna de las figuras de protección establecidas en el artículo 21.1, mediante el planeamiento especial del que hace mención el artículo 5 o bien mediante una resolución de la persona titular del departamento competente en el diseño del sistema de espacios naturales protegidos de Cataluña.»