El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente 5 redacciones

Artículo 167. Modificación de la Ley de Urbanismo.

Artículo 167 de la Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público. · BOE-A-2014-2999

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-31.

Texto consolidado

1. (Anulado).

2. Se modifica la letra d del apartado 2 del artículo 97 del texto refundido de la Ley de urbanismo, modificada por la Ley 3/2012, de 22 de febrero, que queda redactada del siguiente modo:

«d) Cuando en la propuesta no hay una proyección adecuada de los intereses públicos.»

3. Se añade un apartado, el 2 bis, al artículo 97 del texto refundido de la Ley de urbanismo, con el siguiente texto:

«2 bis. En el caso de modificaciones relativas a sistemas urbanísticos, y para que pueda apreciarse que existe una adecuada proyección de los intereses públicos, deben cumplirse, como mínimo, los siguientes requisitos:

a) Debe darse un cumplimiento adecuado a las exigencias establecidas en el artículo 98.1 en relación con el mantenimiento de la superficie y de la funcionalidad de los espacios libres, las zonas verdes o los equipamientos deportivos considerados por el planeamiento urbanístico como sistemas urbanísticos generales o locales.

b) No puede reducirse, en un ámbito de actuación urbanística, la superficie de los suelos calificados de sistema de espacios libres públicos o de sistema de equipamientos públicos en cumplimiento de los estándares mínimos legales, salvo que la calificación de sistema de equipamiento se sustituya por la de vivienda dotacional pública, con los límites y las justificaciones establecidos por la presente ley.

c) Si la modificación consiste en un cambio de localización de un equipamiento de titularidad pública, no pueden empeorarse las condiciones de calidad o de funcionalidad para la implantación de los usos propios de esta calificación, y si los suelos ya eran de titularidad pública debe garantizarse esta titularidad para los nuevos terrenos que se propone calificar como equipamientos antes de que la modificación sea ejecutiva.

d) Si la modificación consiste en la reducción, en el ámbito del plan, de la superficie de los suelos calificados de equipamientos de titularidad pública, la reducción debe quedar convenientemente justificada en virtud de cualquiera de las siguientes circunstancias:

Primero. Por la suficiencia de los equipamientos previstos o existentes para hacer frente a las necesidades.

Segundo. Por la innecesariedad de los terrenos para la prestación del servicio que motivaba su calificación, por el hecho de que el servicio en cuestión ha pasado a prestarse en otros terrenos de titularidad pública.

Tercero. Por el interés público prevaleciente de destinar los suelos a otro sistema urbanístico público.

e) Si se pretende compensar la supresión de la calificación de equipamiento de suelos que ya son de titularidad pública mediante la calificación como equipamientos de otros suelos de titularidad privada, la modificación debe garantizar la titularidad pública de los suelos antes de que la modificación sea ejecutiva.»#an

Se declara la inconstitucionalidad y nulidad del apartado 1 por Sentencia del TC 73/2016, de 14 de abril. Ref. BOE-A-2016-4857

Se levanta la suspensión de la vigencia y aplicación del apartado 1, por Auto del TC de 17 de marzo de 2015. Ref. BOE-A-2015-3273

Se suspende la vigencia y aplicación del apartado 1 desde el 20 de noviembre de 2014 para las partes del proceso y desde el 30 de octubre de 2014 para los terceros, por providencia del TC de 18 de noviembre de 2014 que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad nº 6513-2014. Ref. BOE-A-2014-11986

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-03-31.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 5 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono..

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Ley 2/2014

En El Vínculo puedes leer Ley 2/2014 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.