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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 167. Hecho imponible.

Artículo 167 del Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOA-d-2004-90019

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-01-01.

Texto consolidado

Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de los servicios técnicos de asesoramiento y evaluación de competencias, así como las actuaciones administrativas relativas a la emisión de acreditaciones parciales acumulables de las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en títulos de formación profesional o de certificados de profesionalidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-01-01.

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