Artículo 166.
Artículo 166 del Real Decreto 1201/1981, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario. · BOE-A-1981-14095
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-07-23.
Texto consolidado
En caso de traslado de un interno a otro Centro Penitenciario, se incluirá en su expediente personal la historia escolar del mismo.