Artículo 166. De las operaciones financieras pasivas a corto plazo del sector público autonómico.
Artículo 166 de la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de Hacienda de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2026-3217
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-01-01.
Texto consolidado
Las operaciones financieras pasivas por plazo inferior a un año, tendrán por objeto cubrir necesidades transitorias de tesorería.