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Ley Foral Vigente

Artículo 165. Replanteo de las obras y disponibilidad de los terrenos.

Artículo 165 de la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos. · BOE-A-2018-6001

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-05-07.

Texto consolidado

1. Aprobado el proyecto y previamente a la tramitación del expediente de contratación de las obras se procederá a efectuar el replanteo de aquel, que consistirá en comprobar la realidad geométrica de la obra y cuantos aspectos sean básicos para la viabilidad del proyecto.

Una vez realizado el replanteo, se incorporará un acta con su resultado, junto con el proyecto, al expediente de contratación.

2. Se incorporará también al expediente un informe emitido por la unidad administrativa competente en la materia en el que se declare la disponibilidad de todos los terrenos necesarios para la ejecución del proyecto o los de la fase del mismo que vaya a ser objeto de contratación.

Se exceptúan de lo dispuesto en el párrafo anterior las obras de infraestructuras hidráulicas y viarias, todo ello sin perjuicio de que la ocupación efectiva de los terrenos no se realice hasta que se haya formalizado el acta de ocupación.

3. La aprobación del proyecto se podrá realizar, asimismo, en el momento de aprobar el expediente de contratación y ordenar la apertura del procedimiento de adjudicación, siempre que el proyecto se presente acompañado de los documentos que resulten exigibles de acuerdo con lo previsto en el artículo 163 y en el artículo siguiente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-05-07.

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