Artículo 164. Permanencia.
Artículo 164 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional. · BOE-A-2023-16889
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-07-23.
Texto consolidado
Los alumnos y las alumnas podrán realizar la formación en empresa en un máximo de dos ocasiones en el marco de una oferta formativa.