Artículo 162.
Artículo 162 de la Ley 5/2013, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat. · BOE-A-2014-970
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-01.
Texto consolidado
Se modifica el apartado segundo del artículo 1 del Decreto-ley 2/2013, de 1 de marzo, de medidas urgentes de gestión y eficiencia en materia de prestación farmacéutica y ortoprotésica del Consell, dándole la siguiente redacción:
«2. En el marco de la legislación estatal y, en especial, tal como resulta del artículo 81.2.d, 85.bis y concordantes de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, en el ámbito de la Conselleria competente en materia de sanidad la prescripción e indicación de tratamientos farmacoterapéuticos se realizará ajustada a los algoritmos de decisión terapéutica corporativos de la Conselleria competente en materia de sanidad.»