Artículo 161. Objeto.
Artículo 161 de la Ley 2/2011, de 22 de marzo, del deporte y la actividad física de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2011-6874
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-25.
Texto consolidado
El control de legalidad sobre los procesos electorales o sobre las mociones de censura de los órganos de gobierno y representación de las federaciones deportivas de la Comunitat Valenciana corresponde a las juntas electorales federativas y al Tribunal del Deporte de la Comunitat Valenciana, que resolverá los recursos que se interpongan contra citadas juntas electorales.