Artículo 16. Tesorero.
Artículo 16 del Real Decreto 80/2019, de 22 de febrero, por el que se crea la Academia Joven de España y se aprueban sus estatutos. · BOE-A-2019-4359
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-27.
Texto consolidado
El Tesorero se encargará de custodiar los recursos financieros de la Academia, de los que informará puntualmente a la Junta de Gobierno y a la Junta General. Es el habilitado de la Corporación a todos los efectos.