Artículo 16. Contestación al discurso de ingreso.
Artículo 16 del Real Decreto 750/2011, de 27 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia Nacional de Medicina. · BOE-A-2011-10783
Atención: Real Decreto 750/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El discurso presentado por el Académico Electo para la toma de posesión de su plaza pasará a la Junta Directiva que designará el Académico de Número que haya de contestar, el cual, como norma general, pertenecerá a la Sección a que corresponda la vacante, y a quien se le remitirá el expresado discurso para que componga el discurso de contestación.
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