Artículo 16. Patrimonio.
Artículo 16 del Real Decreto 663/2007, de 25 de mayo, por el que se aprueba el Estatuto del Centro Nacional de Información Geográfica. · BOE-A-2007-11076
Atención: Real Decreto 663/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El régimen patrimonial del Centro Nacional de Información Geográfica será el establecido en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
2. El organismo contará, para el cumplimiento de sus fines, con los bienes y derechos que integren su patrimonio, con aquellos otros que le sean adscritos por la Administración General del Estado, con los que adquiera en el desarrollo de su gestión y con los que, por cualquier título, le sean incorporados por cualquier persona, pública o privada.
3. Se atribuye al Centro Nacional de Información Geográfica la utilización y eventual comercialización de las marcas de las que sea titular el Estado para la promoción y difusión de la cartografía oficial.