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Real Decreto Vigente

Artículo 16. Objeto y requisitos.

Artículo 16 del Real Decreto 66/2010, de 29 de enero, sobre la aplicación en el año 2010 y 2011 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería. · BOE-A-2010-1396

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-01-30.

Texto consolidado

1. Se concederá a los agricultores productores de proteaginosas una prima de 55,57 euros por hectárea, en adelante €/Ha.

2. La superficie máxima garantizada en toda la Unión Europea es de 1.648.000 hectáreas.

3. Las proteaginosas por las que puede recibirse la ayuda son los guisantes (NC 0713 10), altramuces dulces (NC ex 1209 29 50) habas y haboncillos (NC 0713 50); La prima se concederá por hectárea cultivada y cosechada después de la fase de maduración lechosa, salvo en caso de las condiciones excepcionales contempladas en el segundo párrafo del artículo 80 del Reglamento (CE) n.º 73/2009 del Consejo, de 19 de enero.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-01-30.

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