Artículo 16. Composición.
Artículo 16 del Real Decreto 615/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba el Estatuto del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I. · BOE-A-2024-15944
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-08-03.
Texto consolidado
1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 36.2 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, la Comisión de Transparencia y Buen Gobierno estará compuesta por la persona que desempeñe la Presidencia, que será la del Consejo, y las vocalías allí enunciadas.
2. La persona titular de la Subdirección General de Transparencia y Buen Gobierno ejercerá las funciones de Secretaría y asistirá a las reuniones de la comisión con voz pero sin voto. En caso de vacancia, ausencia o enfermedad, la Presidencia designará, entre el personal del Consejo, a quien haya de desempeñar las funciones de Secretaría.