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Real Decreto Derogada

Artículo 16. Régimen de actuación.

Artículo 16 del Real Decreto 326/2002, de 5 de abril, sobre régimen de nombramiento de los miembros sustitutos del Ministerio Fiscal. · BOE-A-2002-6579

Atención: Real Decreto 326/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los Fiscales sustitutos de la Fiscalía del Tribunal Supremo actuarán, de forma continua o discontinua según las necesidades del servicio, conforme a las directrices y reparto de trabajo que establezca el Fiscal de Sala de la Sección a la que fueran adscritos y serán retribuidos conforme a lo previsto en el artículo 13.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-04-07.

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