Artículo 16. Patrimonio.
Artículo 16 del Real Decreto 310/2021, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica. · BOE-A-2021-8452
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-05-22.
Texto consolidado
1. El régimen patrimonial del Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica será el establecido en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
2. El organismo contará, para el cumplimiento de sus fines, con los bienes y derechos que integren su patrimonio, con aquellos otros que le sean adscritos por la Administración General del Estado, con los que adquiera en el desarrollo de su gestión y con los que, por cualquier título, le sean incorporados por cualquier persona, pública o privada.
3. Se atribuye al Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica la utilización y eventual comercialización de las marcas de las que sea titular el Estado para la promoción y difusión de la información geográfica oficial.