Artículo 16. Formato y características.
Artículo 16 del Real Decreto 203/2010, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte. · BOE-A-2010-3904
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-07-01.
Texto consolidado
1. Será responsabilidad de los organizadores de espectáculos deportivos la impresión de los billetes de entrada, de forma que éstos respondan a las características reglamentariamente establecidas.
2. El formato y características técnicas de los billetes de entrada, en cuanto a tamaño, papel, tintes y demás materiales utilizados en su impresión, deberán reunir las condiciones necesarias para impedir o dificultar en la mayor medida posible la copia o falsificación de los mismos.
3. Todos los billetes de entrada que correspondan a una misma competición, torneo o modalidad de organización de eventos deportivos deberán responder a un único formato y tener características comunes.
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- Ver la norma completa: Real Decreto 203/2010, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.