Artículo 16. Importe de las indemnizaciones.
Artículo 16 del Real Decreto 1912/1999, de 17 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de ejecución de la Ley 32/1999, de 8 de octubre, de Solidaridad con las Víctimas del Terrorismo. · BOE-A-1999-24267
Atención: Real Decreto 1912/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La cuantía de la indemnización por fallecimiento, de acuerdo con la tabla I del anexo de la Ley 32/1999, se fija en 23.000.000 de pesetas.