Artículo 16. Reglamento interno de funcionamiento del biobanco.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-06-02.
Texto consolidado
El reglamento interno de funcionamiento del biobanco contendrá, como mínimo:
a) Los criterios de aceptación de muestras en el biobanco.
b) El procedimiento para la solicitud de muestras al biobanco y posterior entrega de las mismas por éste, en los términos previstos en el presente real decreto.
Más artículos de Real Decreto 1716/2011
- ← Artículo 15. Comités externos del biobanco.
- → Artículo 17. Biobanco en red y redes de biobancos.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1716/2011, de 18 de noviembre, por el que se establecen los requisitos básicos de autorización y funcionamiento de los biobancos con fines de investigación biomédica y del tratamiento de las muestras biológicas de origen humano, y se regula el funcionamiento y organización del Registro Nacional de Biobancos para investigación biomédica.