Artículo 16. Acceso al Registro.
Artículo 16 del Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema Cartográfico Nacional. · BOE-A-2007-20556
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-12-01.
Texto consolidado
1. El Registro Central de Cartografía tiene carácter público.
2. La información del Registro Central de Cartografía estará disponible al público a través de Internet, de conformidad con las previsiones del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril.
3. El Registro Central de Cartografía expedirá gratuitamente certificaciones sobre el contenido de la información inscrita.