Artículo 16. Departamentos y Divisiones de la Agencia.
Artículo 16 del Real Decreto 1418/2006, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios. · BOE-A-2006-21902
Atención: Real Decreto 1418/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Del Presidente de la Agencia dependerán directamente dos Divisiones: División de Estudios y Metodologías, y División Técnica, así como tres Departamentos: de Gerencia, de Evaluación y de Calidad de los Servicios.
Los Departamentos podrán estar integrados por varias Divisiones.
2. La División de Estudios y Metodologías desarrolla las tareas previstas en el artículo 6.2, párrafos i), j), k), y o).
Es también la unidad responsable de velar por los estándares de calidad de los trabajos de evaluación, siguiendo, en su caso, las recomendaciones de la Comisión Científica y Profesional.
3. La División Técnica es la unidad de apoyo y asistencia inmediata al Presidente de la Agencia, correspondiéndole la coordinación técnica de los diversos trabajos responsabilidad de la Presidencia.
Desarrolla las funciones de apoyo y preparación para que la Agencia pueda realizar el cometido previsto en el artículo 6.2, párrafo p). Así mismo, desarrolla las tareas de estudio y propuesta de los convenios a que se refiere el artículo 4, y de seguimiento del plan de información y comunicación de la Agencia.
4. El Departamento de Gerencia desarrolla las funciones de gestión de los recursos humanos, incluida la formación interna del personal, económico-financieros, informáticos, logísticos y materiales, con el fin de prestar el apoyo necesario a los órganos y unidades de la Agencia para el cumplimiento de sus funciones. Así mismo es el responsable de la recopilación y difusión de conocimiento y documentación de las materias competencia de la Agencia, a través del centro de documentación e información de la Agencia.
Es la oficina de contabilidad de la Agencia a todos los efectos legales, y el órgano encargado de establecer el sistema de contabilidad de gestión que permita efectuar el seguimiento del cumplimiento de los compromisos asumidos en el Contrato de gestión.
5. El Departamento de Evaluación desarrolla las funciones previstas en el artículo 6.2, párrafos d), e), f), g), h), l) y n).
Es el órgano responsable de desarrollar las funciones que corresponden a la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios en el ámbito del análisis de impacto normativo.
6. El Departamento de Calidad de los Servicios se encarga de desarrollar las funciones previstas en el artículo 6.2, párrafos a), c), y m).
Más artículos de Real Decreto 1418/2006
- ← Artículo 15. La Comisión Científica y Profesional.
- → Artículo 17. Composición y régimen de funcionamiento de la Comisión de Control.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1418/2006, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios.