Artículo 16.
Artículo 16 del Real Decreto 1220/1977, de 23 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Farmacia de Barcelona. · BOE-A-1977-13080
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1977-06-21.
Texto consolidado
El Interventor es el Presidente nato de la Comisión de Hacienda, con voto de calidad, en caso de empate, y a él corresponde la inspección de la marcha del régimen económico de la Academia.